Carné de Conducir
Para el canje de los carnés de conducir
Los Argelinos han de dirigirse a la Dirección General de Tráfico (D.G.T.), de la provincia de su residencia, a la que han de presentar los datos siguientes:
§ Nombre y apellido
§ Fecha y lugar de nacimiento,
§ Número externo del permiso de conducir (ver foto..),
§ Fecha de expedición del permiso de conducir y fecha de validez,
§ Autoridad que lo ha expedido (Wilaya o Daria).
§ Categoría del permiso de conducir.
Estos datos serán entregados por la D.G.T. a esta Embajada que ha de confirmar la autenticidad del carné de conducir con las autoridades argelinas. Una vez confirmada dicha autenticidad, esta Embajada lo comunicará a la D.G.T. que a su vez lo comunicará a la Dirección General de Tráfico de la Provincia del interesado que será informado.
Tras todas estas gestiones, la Dirección General de Tráfico de su provincia le dará una cita y le indicará la documentación que ha de aportar para el canje.
Renovación del carné de conducir argelino caducado para su canje
Los permisos de conducir argelinos caducados se renuevan exclusivamente en Argelia, en la Daïra de residencia de los solicitantes.
Sin embargo y en relación con determinadas categorías de nuestra comunidad nacional establecida en el extranjero, se han tomado medidas de facilitación por parte de las autoridades públicas para evitar que tengan que desplazarse a Argelia para realizar los trámites de renovación del permiso de conducción, y ello, sobre la base de un poder consular y en los términos que se definen a continuación:
1. Categorías de beneficiarios de esta medida:
- Ciudadanos que se encuentren en el extranjero por un período no mayor de seis (6) meses y que deseen regularizar su residencia;
- Los ciudadanos en misión o los que realicen actividades en el extranjero y que estén obligados a exceder la duración de seis (6) meses;
-Estudiantes y cualquier persona que siga un curso de formación o una pasantía por un período determinado.
2. Expediente de renovación:
Además del poder consular establecido por nuestras representaciones diplomáticas o consulares en el extranjero, en el que se deberá hacer mención de la autorización al mandatario, la presentación del expediente de solicitud de renovación del permiso de conducción y su retirada, el expediente de renovación del permiso de conducción para las categorías definidas en el punto 1 incluye:
- Un certificado médico expedido por un médico jurado en el extranjero, que incluya la fotografía de identidad del interesado y acompañado de una declaración jurada (modelo adjunto) puesta a disposición del interesado;
- El original del Certificado de autenticidad si el interesado ya es beneficiario en el marco de los procedimientos de canje del permiso de conducción argelino por un permiso extranjero, o un compromiso firmado por el interesado en el que conste que no se ha beneficiado de este procedimiento de canje;
- El original del permiso de conducir vencido o una declaración de perdida establecida por nuestras representaciones diplomáticas o consulares en el extranjero;
- Las tasas impuestas para la renovación del permiso de conducción;
-Dos (2) fotografías de identidad.
Finalmente, cabe señalar que nuestros conciudadanos, titulares de documentos biométricos, no se ven afectados por las medidas antes mencionadas porque la tramitación de sus solicitudes requiere su presencia para la realización de los trámites de inscripción biométrica.
Comunicado a la atención de los ciudadanos argelinos residentes en España
En el marco de la puesta en marcha del Acuerdo argelino-español sobre la conversión de los permisos de conducir, la Embajada de Argelia en Madrid comunica a los ciudadanos argelinos residentes en España que la operación de conversión de los permisos ha llevado a una estrecha colaboración entre los servicios de la Embajada y los de la Dirección General de Tráfico tanto en Madrid como en todas las provincias españolas.
En este contexto, se ha experimentado une notable mejoría en el tratamiento de los expedientes de conversión de los permisos, tal y como se desprende de las estadísticas de los permisos de conducir argelinos canjeados por españoles.
Por consiguiente, sobre un total de 34.844 solicitudes, los servicios de la Embajada han confirmado, hasta la fecha (31/12/2022), 31.522 expedientes a la Dirección General de Tráfico, es decir que el 90,46% de las solicitudes se han resuelto positivamente. La Embajada sigue sin escatimar esfuerzo alguno para hacerse cargo de las preocupaciones de los ciudadanos argelinos residentes en España hasta conseguir dar satisfacción a todas las solicitudes.
A tal efecto, y con el fin de evitar cualquier retraso en el trato de los expedientes de los permisos de conducir, la Embajada insiste en que los ciudadanos argelinos han de presentar el expediente completo (ver casilla correspondiente en esta página Web) y sobre todo en facilitar, a los servicios de Tráfico, unos datos correctos en cuánto a nombre, apellido, número de permiso de conducir y la Wilaya o la Daira de su expedición.
Conviene cerciorarse que el permiso de conducir es todavía válido, y en caso contrario, su renovación resulta indispensable.
Se ruega a los ciudadanos argelinos que no hayan convertido aún su permiso de conducir y que deseen informarse sobre la situación del mismo, se pongan en contacto con esta Embajada (Servicio de Conversión de Permisos de Conducir) de Lunes a Viernes, de 09h30 à 12h30, al teléfono siguiente: 91/561.05.81